18.3.10

La nueva CAMPSA

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Por la previsión de contar con una empresa de distribución nacional máximamente poderosa, en el caso de entrar en la Comunidad Económica Europea, la estructura de CAMPSA comenzó a verse alterada en julio de 1983, para así llegar a la reordenación del sector petrolero, según el acuerdo entre el Ministerio de Industria y Energía, el I.N.H. y las seis empresas refinadoras.
Dicho acuerdo quedó autorizado en la Ley 45/1984 (Ley de reordenación del sector petróleo).

Los pasos para llevar a cabo la reordenación del sector petrolero son los siguientes:
  1. Adquisición por CAMPSA de los activos fijos adscritos al Monopolio de Petróleos y propiedad del Estado.
  2. Modificación del accionariado de CAMPSA, para dar entrada en la misma a las distintas empresas refinadoras y conseguir una estructura integrada verticalmente.
  3. Acierdo entre CAMPSA y los titulares de estaciones de servicio, por el cual éstos últimos pasan a ser vendedores exclusivos de los combustibles y carburantes.
  4. Derecho preferente y proporcional de los accionistas de CAMPSA para la adquisición de acciones de otro socio que quiera vender su parte, con el fin de que CAMPSA no quede en manos extranjeras.
  5. Consideración de CAMPSA como empresa distribuidora o comercializadora de la producción de carburantes destinados al mercado peninsular y de las Islas Baleares de las empresas refinadoras firmantes.
Para implantar estas medidas, se procede del siguiente modo:
  1. El I.N.H. lanzó una OPA, para así comprar todas las acciones de CAMPSA.
  2. CAMPSA adquirió los activos fijos adscritos a los fines del Monopolio de Petróleos (oleoductos, etc,...), siendo valorados tales activos por el Ministerio de Economía y Hacienda.
  3. Se procede a la reordenación del capital en CAMPSA:
    • Sector público: ENPETROL (34,2%), PETROLÍBER(7,9%), I.N.H.(16%).
    • Sector privado: CEPSA (15%), PETRONOR (13,3%), PETROMED (7,7%), ERT (5,9%)
    En todo caso, se buscó la participación mayoritaria del sector público (58%).

El Estado busca que, una vez dentro de la Comunidad Económica Europea, las empresas multinacionales que quieran instalarse en España en 1992 encuentren en CAMPSa a una potente empresa comercial de carácter mixto, integrada verticalmente y con un verdadero control del mercado, sin necesidad de monopolio oficial.
De esta forma, el Estado:
  • En 1987, confirma las estaciones de servicio concesionarias del Monopolio.
  • En 1988, abre la posibilidad de instalar nuevas estaciones ajenas al Monopolio, por lo que se fija un nuevo criterio de distribución geográfica:
    • Clasificación de las provincias españolas en Zona A y Zona B, siendo las primeras las de mayor nivel económico, obligando a los operadores a ubicar en la Zona B al menos el 25% de sus instalaciones de venta.
    • Reducción a la mitad de las distancias mínimas entre estaciones de servicio (desarrollo de la red ajena al Monopolio).

Además:
  • A partir del 1 de enero de 1989, se liberalizan los aceites bases y lubrificantes de locomoción.
  • En enero de 1990, se consigue la libertad de precios de gasóleos y en julio de ese año, la de las gasolinas.
Por último, señalar que, en 1990, se desató una pugna, cuando REPSOL planteó al resto de las sociedades integradas en CAMPSA abandonar la estructura accionarial de 1984, a fin de pasar REPSOL a contar con el 100% de la marca.
Pero, tras una serie de compensaciones, así se hizo.

Desde 1993 no hay monopolio, limitándose CAMPSA a explotar su red de oleoductos y demás instalaciones de distribución, pero ya bajo el nombre de Compañía Logística de Hidrocarburos.

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