La nota característica del mercado del trigo es el fuerte proteccionismo frente a la competencia extranjera, en cuanto que es un mercado excedentario.
En 1921, se fija por ley un precio de netrada de 50Pts/Quintal, permitiéndose las exportaciones sólo cuando se alcance este precio en el mercado interior.
Como consecuencia:
- en épocas de buena coyuntura agrícola, la superficie triguera disminuye, al aumentar los precios de los productos agrícolas de exportación (al agricultor no le resulta rentable cultivar trigo al precio máximo de 50Pts/Quintal).
- en épocas de mala coyuntura agrícola, la superficie triguera aumenta (dando lugar a la aparición de excedentes), al disminuir el precio de los productos agrícolas de exportación (al agricultor le resulta rentable cultivar trigo a un precio mínimo de 50 Pts/Quintal).
Desde 1948, año en que se alcanzó la superficie promedio dedicada al trigo en el período 1931-1935, el área de cultivo no dejó de expandirse, hasta 1967 (campaña en la cual se alcanzaron grandes excedentes).
b) Ordenación del mercado triguero.
El organismo de intervención del FORPPA es el Servicio Nacional de Productos Agrarios (SENPA).
Dicho organismo tiene el monopolio de demanda, es decir, recibe todo el trigo 'disponible', hasta el año 1984, en el que se declara la libertad del comercio del trigo.
El SENPA ordena la producción y distribución del trigo y regula la adquisición, movilización y precios del mismo.
El proceso por el que el SENPA lleva a cabo su labor es el siguiente:
- El SENPA compra los cereales y los agricultores reciben pagarés, que se descuentan en la banca privada.
- Los agricultores reciben dinero efectivo en la banca privada al descontar sus pagarés.
- La banca privada redescuenta dichos pagarés en el Banco de España.
- El Banco de España retiene un tiempo por los pagarés, hasta que se los entrega al SENPA, a cambio de dinero efectivo, que obtuvo el SENPA con la venta de los cereales.
- Venderlos al mercado exterior.
- Venderlos a los ganaderos y a los fabricantes de piensos.
Antes del ingreso en la Comunidad Económica, los déficits los cubría el FORPPA, con dinero procedente de las aranceles e impuestos recaudados por el Ministerio de Hacienda a industriales y ganaderos. Pero una vez dentro de la Comunidad, los cubre el FEOGA, con multas impuestas por producir excedentes.










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