- Ley 19/1988, del 12 de juliio, de Auditoría de Cuentas
- Reglamento de 1990
La obligación de auditar:
- Sociedades que coticen en Bolsa o emitan obligaciones
- Los intermediarios financieros, las entidades de seguros y los grupos de sociedades.
- Por resolución judicial.
- Por petición de los accionistas minoritarios (+5% de capital antes de 3 mesese del cierre)
- Las sociedades que no pueden presentar balance abreviado (artículo 181 TRLSA según el Real Decreto 18.4.97):
- Activo > 395 millones
- Ventas > 790 millones
- Más de 50 trabajadores
Por lo tanto, tienen que auditarse todas las empresas excepto las que puedan presentar balance abreviado.
Si superan 2 de las 3 condiciones anteriores durante 2 períodos consecutivos no pueden presentar balance abreviado, sino el balance normal.
Formulación, aprobación y depósito de las cuentas anuales:
- Cifras del ejercicio actual y el precedente
- Plazo, fecha y firma
- Modelos normal y abreviado.
- Aprobación en Junta de socios.
- Dekkpósito de cuentas anuales, informe de gestión e informe de auditoría (1 mes desde la aprobación)
- Publicidad y falta de depósito.
El ICAC, el ROAC y las Corporaciones Profesionales:
- AECA: Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas.
- ICAC: Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. El ICAC gestiona el ROAC.
- ROAC: Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
El ICAC y el ROAC depende del Ministerio y Economía de Hacienda.
Corporaciones que regula el ICAC:
- ICICE: Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España
- REA: Registor de Economistas Auditores
- REGA: Registro General de Auditores










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