15.7.10

Tema 1: 3. Otras fuentes del Derecho Mercantil: Constitución Española

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La Constitución Española es la norma jurídica de mayor rango. En la Constitución se contienen las cuestiones básicas sobre la organización social del Estado. Los principios básicos del sistema económico reglejan la existencia de un sistema de economía mixta (iniciativa pública y privada), estableciendo el marco del sistema económico del que no se puede salir.

- Iniciativa privada: El artículo 33 reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia (derecho a decidir que va a pasar con el patrimoniop después del fallecimiento). La función social de estos derechos determinan su contenido, o sea que la propiedad privada y la herencia no tienen un contenido fijo, está delimitado por la función social que a su vez está delimitado por la ley. Una ley no puede eliminar totalmente las facultades propias de la propiedad. La propiedad privada era igual en el derecho antiguo, hoy no es lo mismo la propiedad en zonas diferentes (zona vieja, parque natural, monte,...). La ley establece, por tanto, propiedades distintas, al examinar o determinar el contenido. La herencia es parte del derecho de propiedad (es un complemento de la propiedad privada). Derecho a conocer donde van a parar sus bienes cuando fallezca. La herencia incide en la igualdad (igualdad de oportunidades). Es también un derecho en donde la función social determina su contenido. O sea, ambos existen como derechos, pero desempeñando una función social.
El artículo 38 habla del derecho a la libertad de empresa (a crearla y a dirigirla libremente). Estos derechos no son absolutos, sino que son matizados por las leyes. La existencia de la propiedad privada no impide que se establezcan distintos usos de la misma.

- Iniciativa pública: El artículo 131 habla del derecho del Estado a planificar la actividad económica. En el artículo 128 en su párrafo segundo se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Los organismos públicos pueden competir con las empresas privadas, participando las administraciones públicas en la actividad económica. Se pueden reservar al sector público recursos o servicios esenciales (se puede eliminar la iniciativa privada de algún sector mediante una ley), de ahí ya no habría libertad de empresa (Ej. Transporte ferroviario en España). Esto es una decisión variable de la política económica, dependiendo de la época.
Artículo 9: Los poderes públicos deberán promover la obligación de poner los medios para que la igualdad entre los individuos sea real y efectiva, que sea lo más justa posible.

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