25.3.10

Reconversión de los astilleros

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Para hacer frente a la grave crisis del sector naval, en 1978, se adoptaron una serie de medidas urgentes, mediante sendos Reales Decretos, que pretendían adaptar el nivel de actividad a la coyuntura, negociándose posteriormente el programa con las centrales sindicales, para establecer un sistema de empleo rodatorio, al fin de evitar expedientes de regulación de empleo.

Las medidas de 1978 se mostraron insufientes, por lo que, en 1982, se reguló conversión industrial del sector.
La falta de un plan global de los astilleros hizo que sólo se acogieran a ella La Unión Naval de Levante y Astilleros del Cantábrico.

Dicha falta de un plan global se debió a la agudización de la crisis, ya que la demanda seguía cayendo y la cartera de pedidos equivalía sólo a un 22% de la capacidad teórica de los astilleros.
Esto hace necesaria una reconversión más drástica.

En 1983, mediante Real Decreto, se constituyó la Sociedad de Reconversión Naval (SORENA), para la reconversión de los pequeños y medianos astilleros.

En 1984, se publican nuevas medidas de reconversión del sector para los grandes astilleros (División Naval del I.N.I.), así como para los medianos y pequeños astilleros.

La reconversión comporta distintas ayudas:

1.- Ayudas fiscales:
  • exoneración y bonificación de impuestos.
  • primas de ayuda a la producción (ayudas a fondo perdido, con tope del 25% del valor de la producción).
2.- Ayudas financieras:
  • medidas de apoyo a la demanda (créditos de hasta el 85% del valor de lo construido).
3.- Ayudas laborales:
  • flexibilización de la legislación sobre Seguridad Social y jubilaciones anticipadas.
  • los obreros cesados permanecerían durante tres años en el Fondo de Promoción Empresarial.
En 1985, se asiste al cierre de ASTANO y ASCÓN.

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