12.3.10

La reconversión sectorial.

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La crisis económica española es una crisis industrial y, por lo tanto, una crisis de oferta.

Esta crisis no se soluciona acelerando la demanda, sino que se necesita un reajuste de los sectores afectados.

Esta política de reconversión exige a las empresas cuatro grandes líneas de acción:
  1. Reducción de los costes de producción a niveles analógicos a los costes de las empresas de la Comunidad Económica Europea.
  2. Capitalización y reducción de los costes financieros.
  3. Desarrollo tecnológico e inversión, para ofrecer productos de la calidad que demande el mercado internacional.
  4. Apoyo y atención a la comercialización de los productos, tanto a nivel nacional como internacional.
Para lograr estos objetivos, existen dos actitudes contrapuestas:
  1. Política liberal pura.



    • es la más atractiva.
    • ante una crisis sectorial y no individual, puede generar importantes problemas sociales que hagan peligrar la estabilidad política.
    • la lucha de precios podría dejar a las empresas que sobrevivan debilitadas ante la competencia comunitaria.
  2. Política planificada e intervencionista.

    • elimina la libre economía de mercado.
    • prima el intervencionismo a ultranza.
    • anticonstitucional.
Por tanto, como solución se encuentra una postura intermedia:
  • Se protege a los sectores en crisis, durante tres o cuatro años, apoyándolos durante el proceso de adaptación de la oferta y de las condiciones de producción.
  • Se mantiene, a la vez, la idea de libertad de empresa, dejando después que el mercado libre decida.
El Real-Decreto-Ley de Reconversión Industrial de 5 de junio de 1981 determina un proceso, por el que se busca:
  1. La elaboración de un plan de reconversión del sector por los empresarios.
  2. La negociación de este plan con la Administración y las centrales sindicales representativas.
Para ello, este Real Decreto-Ley establece tres tipos de medidas:
  • medidas fiscales: beneficios fiscales que tiendan a una mayor flexibilidad en el empleo de figuras y actos jurídicos necesarios para la reconversión.
  • medidas financieras: se prevé un sistema de subvenciones, avales y créditos oficiales, fundamentalmente, a través del Instituto de Crédito Oficial.
  • medidas laborales: se prevé la posible modificación de las relaciones laborales, ayudas de jubilación, Seguridad Social.
Los sectores acogidos a este plan de reconversión son:
  • la siderurgia integral.
  • los electrodomésticos (lína blanca).
  • el sector textil
  • el sector naval
  • ...
Los planes de reconversión afectan a un colectivo laboral muy amplio (medio millón de personas).

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