- aranceles.
- restricciones cuantitativas.
- el gradual desarme arancelario entre España y la Comunidad Económica Europea.
- el acercamiento progresivo del arancel español al comunitario, hasta una total equiparación de ambos a 31 de diciembre de 1992.
El 1 de enero de 1989, la importación quedó libre de toda clase de restricciones, aunque con los derechos arancelarios residuales, hasta su extinción definitiva el 31 de enero de 1992, al fin del desarme aduanero.
Además, hasta el 1 de enero de 1989, España pudo mantener, para todos los automóviles de producción nacional, la obligación de que su grado de nacionalización se situará en el 60%.
Después de esa fecha, las fábricas pasaron a operar con plena libertad, importando libremente lo que deseasen del resto de la Comunidad y suprimiendo las últimas restricciones de venta en el mercado interior a G.M. y Ford.
De esta forma, en 1990, se evidenció un formidable incremento de las importaciones de marcas comunitarias (Ferrari, Lamborghini, Volvo,...), a la par que aumenta la competencia entre los fabricantes en España.
En definitiva, en cuatro años (desde 1/1/89, hasta 31/12/92), el mercado español del automóvil se aproximó a lo que era el comunitario, para llegar finalmente a la plena integración, por lo que el futuro no cabe verlo con pesimismo.
De cara a la efectiva puesta en marcha del mercado interior único, la Comunidad Económica Europea preparó toda una serie de medidas concretas.
Así, en 1991, la Comisión de la Comunidad Europea llegó a un entendimiento con las autoridades niponas, el cual supone la consideración de un período transitorio de ocho años, hasta alcanzar, al final del mismo (en 1999), un mercado único europeo completamente abierto para los automóviles japoneses.
Durante ese período, los fabricantes nipones se comprometen, a través de un mecanismo de autolimitación, a no superar una cuota superior al 15% del mercado total comunitario.










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